Del antiguo Buenos Aires
En el curso de este relato, extraído de las actas de aquellas épocas, se emplea el lenguaje original en el cual fueron redactadas, halladas por Ernesto J. Fitte. Fragmento del libro Hambre y desnudeces en la conquista del Río de la Plata- Buenos Aires 1963 Editado por Plus Ultra Callao 575 Buenos Aires)
En los primeros años de la ciudad la cárcel era un sitio de castigo para los condenados. El concepto de que debe ser un lugar de reeducación y rehabilitación del reo no se conocía como tal; era en cambio un sitio donde se castigaba al delincuente por su delito. En esa vana aspiración se llegaba hasta la amputación de brazos y piernas y aún la cabeza del condenado después de ahorcado, para ser expuestos estos miembros ante el pueblo, entre otras atrocidades corrientes que son inadmisibles hoy. Estos castigos se practicaron en Buenos Aires hasta principios del siglo XIX. En el transcurso de esa centuria, después de las resoluciones de la Asamblea del Año XIII y de la Aprobación de la Constitución Nacional sancionada después de la caída del despotismo tiránico de Juan Manuel de Rosas, no obstante, las terminantes disposiciones de su abolición, se practicaron castigos como azotes y el cepo. Estas contravenciones muestran que las costumbres no cambian con la sola sanción de una ley.
Con el arribo de los españoles y la fundación de una ciudad, lo primero que se levantaba era la horca o árbol de la justicia. Lo hizo Pedro de Mendoza al disponer, no la fundación de una ciudad, sino el establecimiento de un Real junto al Riachuelo, y Juan de Garay, al tomar posesión en nombre del rey, de las tierras en el lugar en donde fundó la ciudad que llamó de la TRINIDAD. Los azotes eran práctica corriente y frecuente para los que apresaban infringiendo la ley o incursos en delito; el famoso “rollo de la justicia”, colocado cerca de la horca, en la ciudad erigida por Juan de Garay, no pasaría de un madero redondo o un rodillo sin labrar, picota donde se ponía al reo, en algunos casos, a la vergüenza pública, en otros para azotarlo.
Antes de la fundación de la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires, el rollo ya se usaba en los pueblos del Río de la Plata. Un bando del 28 de mayo de 1581, o sea al año siguiente de la fundación, fue dictado en Asunción por el teniente de gobernador tesorero Adame de Olaberriaga, es ejemplo de un caso, por dicho Bando se prohíbe la entrada a los cañaverales ajenos; en una de sus partes, dice que quien lo hiciere, “si fuese indio o india, serán traídos presos por el dueño del cañaveral o por cualquier persona, para que, al pie del rollo, yo mande dar a cada uno ciento azotes porque a ellos sea castigo y de otros ejemplos.
El primer verdugo cuyo nombre ha quedado registrado, fue Diego Rivera o de Rivera nombrado en actas. Fue este uno de los que ejercieron el triste oficio en la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires, también pregonero y atambor, y protagonista de un episodio en la noche del 19 de agosto de 1607. Da cuenta del hecho en el Cabildo el capitán Simón de Valdez; en la sesión del 20 dice que “con la puntualidad y cuidado a la administración de justicia y con gran cuidado y diligencia a los rebatos que el enemigo dio en este puerto y en todas las demás cosas de su oficio a satisfacción de toda la ciudad. Y así mismo—sigue Valdez—le consta como la noche en que se contaron diez y nueve de este mes, se tocó una caja a las nueve de la noche, poco más o menos, que por ser aquella hora y en ocasión de que cada día se aguarda al enemigo causa o alboroto en este puerto, en razón de su oficio fue el primero que acudió al ruido de la caja y halló que iba entrando en casa el capitán Pedro Hurtado, y tocándole el atambor Diego de Rivera, y con la espada en la mano riñéndole y dándole de cintarazos, le dijo que: ”¿Quién había mandado tocar la caja?. Un criado de Hernandarias, Pedro Fernández, le dijo que el propio gobernador, a lo que respondió Valdez que no era verdad. La orden disponía lo hiciera “por la mañana” convocando a los vecinos para marchar en una maloca organizada por Hernandarias para ese día.
El capitán Valdez, luego de oponerse al castigo del pregonero, atambor y verdugo, va a dar cuenta al gobernador del error, “y habiéndole reñido”, al regresar y dirigirse a la casa del oidor de Chile, encontró en el camino cerca de la Iglesia Mayor a Pedro Fernández, que había convocado al capitán Pedro Hurtado y al sargento mayor Sancho de Nebrija; aquel increpa a Valdez por su proceder, “entrar en su casa y hacer lo que hizo”, a lo que el capitán Valdez le responde: “no sabe que siendo general está a mi cargo lo que he hecho, y sin serlo, siendo juez de Su Majestad lo puedo hacer”. Hurtado le responde que:” como general sí, pero como juez no lo tenía en nada, a este tiempo Pedro Fernández empuñó la espada y medio sacó de la vaina” Valdez le echó mano y desvió la espada: asió del brazo al capitán Hurtado diciéndole: “Venga acá, llevaréle al señor gobernador para que sepa cómo ha de respetar, no sólo al general sino a los jueces de Su Majestad, a quienes ha de obedecer el pecho en tierra; yendo de esta manera a la entrada de la casa del señor gobernador halló a Pedro Fernández y otros, , con espadas desnudas contra Antonio León que había acudido como persona de casa del dicho general, atendiendo que le habían muerto.
El capitán Valdez inquirió sobre lo que pasaba, y dijo: “¡Viva el rey!” ¿Dónde está el señor gobernador?”
Don Sancho de Nebrija miró a Valdez y en son de burla, preguntó “¿Qué cosa es viva el rey? Valdez afirma en el Cabildo: “por menos que eso he visto yo matar muchos hombres!”
Como lo hiciera el gobernador, Valdez pide al Cabildo “para que por la autoridad del oficio y el respeto que se debe guardar a los jueces de Su Majestad y castigo de los culpados, su señoría pida al gobernador tome a su cargo como gran caballero y servidor de Su Majestad poner orden en semejantes cosas”.
Hernandarias no recibió de buen grado al capitán Valdez, el mismo dice en el Cabildo, que salió del fuerte “habiéndole reñido”; posiblemente para esa fecha el gobernador le había retirado la confianza que le dio al llegar a la ciudad. En cuanto al acusado Antonio de León, que corrió al oír ruidos y gritos y pensando que habrían muerto al capitán, era el supuesto marido de María González.
Hemos referido este episodio, en el que el verdugo solo aparece generándolo, porque contribuye a darnos una imagen de la vida de aquella lejana Ciudad de la Trinidad. El error del pregonero y verdugo al tocar el atambor la noche antes del día de la excursión contra los indios, nos lo ha permitido. Interesante episodio, por cierto. El verdugo de la ciudad, a quien la gente debería mirar con cierto reparo, no exento de temor, porque de alguna manera y en notable medida significaba la justicia—por algo era su brazo armado y dispuesto a ejecutarla—era castigado por su amo a la vista de los vecinos presentes, dándole con la espada de plano sobre sus espaldas.
Diego de Rivera, que estaba casado con Ana María de Escobar, en 1611 y 1614, aparece en las tareas de subastas públicas, y en 1618, como no tenía con que vestirse, el Cabildo le hace entrega de un vestido “de cardelete y jubón” ¡Triste destino el de los verdugos!
El 31 de diciembre del año del suceso narrado y como hemos visto en la parte correspondiente a las construcciones, se trata sobre el Cabildo y Cárcel. En 1610 el cuerpo capitular contaba con casa propia y el 4 de enero de ese año los acuerdos se hicieron en ella, no ocurría lo mismo con la cárcel, y para el encierro de los delincuentes se alquilaba casa en la ciudad, hecho que no lo expresamos con extrañeza pues a cuatrocientos años de aquella realidad, se continúa alquilando locales para comisarías con sus calabozos correspondientes. Se alquilaba y no se pagaba con puntualidad, cosa que tampoco extraña; el 21 de junio del año que relato, Alonso Sánchez, “curador del heredero de Bernardo Pecador”, presenta al Cabildo”, una información y auto hecho ante el señor gobernador sobre que se le pagase ochenta pesos por el alquiler de tres meses que le tomaron del aposento para cárcel” El gobernador lo dirigió a dicha corporación “para que se tasase, cobrase y pagase el dicho alquiler”. El Ayuntamiento autorizó al mayordomo “disponer de sesenta pesos para que se le pague”
Se informa por ultimo sobre la cárcel, que tres años después, el 2 de julio, se presenta la cuenta de los gastos efectuados para “la construcción de la Cárcel Pública y calabozos nuevos”
Poco he podido recabar sobre el verdugo, y es que de ellos no hay historia.
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