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    Vitor: �SEl procedimiento de designación de conjueces es deficiente⬝

    El presidente de la bancada del Pro en la cámara de Diputados criticó el actual sistema de designación de conjueces en la justicia entrerriana, y presentó un proyecto de ley para intentar modificarlo.

    20 de octubre de 2020 - 08:38
    Vitor: �SEl procedimiento  de designación de conjueces  es deficiente⬝
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    El diputado provincial, Esteban Vitor, advirtió que las deficiencias del actual sistema de designación han quedado en evidencia ante las acciones judiciales instauradas por magistrados jubilados de nuestra provincia, en las que se han planteado, la inaplicabilidad del aporte solidario extraordinario dispuesto por la ley 10.806, casos en los que por la naturaleza del asunto se ha convocado a intervenir a conjueces.

    �SEntendemos que, en la actualidad, dicho proceso no está dotado de la suficiente transparencia y marco legal adecuado que permita dar intervención a conjueces que actúen con imparcialidad e independencia⬝, dijo Vitor al fundamentar su iniciativa.

    Dijo que con este proyecto �Sintentamos regular el proceso de selección y designación de conjueces llamados a intervenir en el trámite de causas judiciales, cuando estas no pudieran desarrollarse y decidirse con la intervención de jueces integrantes del Poder Judicial provincial por excusación, recusación u otras causas que les impidieran a éstos administrar justicia en un proceso determinado⬝.

    El conjuez es un abogado o abogada que sin integrar la organización judicial está llamado a suplir a los miembros integrantes del Poder Judicial cuando estos no pudieran intervenir, por cualquiera de las causas mencionadas precedentemente.

    Recordó que actualmente en la justicia entrerriana, hay dos procedimientos de selección y designación de conjueces. Por un lado, el destinado a cubrir las vacantes del Superior Tribunal de Justicia y, por otra parte, el que refiere a la designación de conjueces en los demás Tribunales de la justicia provincial.

    Vitor opinó que este procedimiento es �Slaxo y poco transparente⬝ ya que �Sexhibe una escasa y deficiente regulación normativa, sin los resguardos institucionales necesarios para garantizar la actuación con independencia e imparcialidad de estos profesionales del derecho⬝, afirmando además que �SLa situación ha quedado evidenciada en las numerosas excusaciones y recusaciones de los actuales conjueces, situación que ha llevado a agotar la lista de conjueces del Superior Tribunal de Justicia⬝

    El legislador afirmó que propone democratizar y transparentar la lista de aspirantes a conjueces del STJ, mediante la creación de un Registro de Aspirantes que deberá llevar el Colegio de Abogados de Entre Ríos, con una convocatoria pública para la inscripción de los matriculados, con amplia difusión.

    También propicia un esquema de regulación del procedimiento de selección de los conjueces de instancias inferiores, intentando respetar la forma ordinaria de designación de estos funcionarios judiciales que, como es sabido, surgen de una terna elaborada por el Consejo de la Magistratura de la Provincia, dándole justamente intervención a este cuerpo en la elaboración de la lista de aspirantes a conjueces, debiendo confeccionarse la misma teniendo en cuenta los concursos realizados anteriormente, y solo pudiendo integrar dicha lista los concursantes que hubieran obtenido en la instancia de oposición un porcentual superior al 30%.

    En definitiva, se busca adecuar el proceso de selección de los conjueces a los estándares constitucionales fijados en distintos pronunciamientos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Por último, el proyecto contempla exhaustivamente un esquema de incompatibilidades tendientes a garantizar la independencia e imparcialidad de los conjueces convocados a administrar justicia.


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