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    Se debatirá proyecto para multar a quienes discriminen al personal de la salud

    El proyecto plantea dos modificaciones al Código de Contravenciones ante aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos.

    29 de mayo de 2020 - 08:08
    Se debatirá proyecto para multar a quienes discriminen al personal de la salud
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    La Legislatura porteña debatirá un proyecto para incluir dentro del Código de Contravenciones sanciones a los actos de discriminación y de hostigamiento contra el personal de las áreas de la salud, la seguridad y la justicia que trabajan en contacto con pacientes con coronavirus.

    La iniciativa fue elaborada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y formará parte del temario previsto para la sesión, a través de una modalidad mixta. Es decir, con diputados que participarán de manera virtual y presencial.

    Específicamente, el proyecto plantea dos modificaciones al Código ante aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos, al evaluar que desde el inicio de la pandemia se �Sobservaron comportamientos disvaliosos por parte de algunos ciudadanos.

    �SLa discriminación que sufre personal de la salud, personal policial y judicial, en razón de estar en contacto con pacientes infectados del mencionado virus, injuria gravemente su dignidad y evidencia la falta de solidaridad ciudadana por parte de quienes, en lugar de reconocer la grandeza con la que aquellos enfrentan esta dura realidad, los ofenden y aíslan socialmente por esa mera circunstancia⬝, indica la propuesta.

    La iniciativa hace referencia a situaciones que fueron denunciadas en las últimas semanas, sobre todo, por trabajadores de la salud, a quienes, por ejemplo, los vecinos de edificio hostigaban y en algunos casos amenazaban para que dejaran su domicilio por su condición laboral, ya que mantienen contacto con personas enfermas de COVID-19.

    Qué propone el proyecto

    sobre las sanciones

    Las multas podrían ser de hasta $17 mil o penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública a quien discrimine a personas que hayan �Stomado contacto durante el desempeño de su función laboral con personas infectadas o casos denominados sospechosos de alguna enfermedad infecto contagiosa, o por cualquier otra circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo⬝. 

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