Entró en vigencia la reforma previsional: dos años de emergencia y profundos cambios en el sistema jubilatorio
El gobierno de Entre Ríos promulgó la Ley Nº 11.302, que modifica aspectos centrales del régimen provincial. Habrá aportes extraordinarios para determinados salarios, mayores contribuciones patronales y una transición hacia nuevos requisitos de edad y años de servicio. También cambia el cálculo de los haberes, establece condiciones para pensiones y jubilaciones especiales y obliga a los municipios a responder por los déficits que generen.
La reforma previsional de Entre Ríos dejó de ser un proyecto discutido en la Legislatura y comenzó formalmente su etapa de aplicación.
El Poder Ejecutivo publicó este viernes en el Boletín Oficial la Ley Nº 11.302 de “Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional”, que declara la emergencia económica y financiera de la Caja de Jubilaciones y Pensiones durante dos años, con posibilidad de extenderla por otro período similar. La nueva legislación introduce modificaciones que alcanzan al sistema previsional de los tres poderes del Estado y a los municipios y comunas adheridos.
Su entrada en vigencia cierra además varios meses de una fuerte discusión política y gremial. El proyecto obtuvo media sanción del Senado el 15 de julio y fue aprobado definitivamente por Diputados el 29 del mismo mes.
UNA REFORMA QUE LLEGÓ EN MEDIO DE PROTESTAS
El tratamiento estuvo acompañado por una importante resistencia sindical.
AGMER, junto con otras organizaciones nucleadas en la Multisectorial en Defensa de la Caja de Jubilaciones, mantuvo durante aproximadamente dos meses un acampe frente a la Casa de Gobierno mientras la iniciativa era analizada en comisiones.
Las jornadas de votación también estuvieron acompañadas por manifestaciones en los alrededores de la Legislatura.
Distintos sectores sindicales cuestionaron la constitucionalidad de algunos artículos y anticiparon que, una vez promulgada la norma, podrían recurrir a la Justicia mediante acciones de amparo. Con la publicación oficial comienza, por lo tanto, otra etapa de la discusión: la aplicación concreta de los cambios y las eventuales impugnaciones judiciales que puedan presentarse.
APORTE EXTRA PARA LOS SALARIOS MÁS ALTOS
Entre las medidas de efecto más inmediato aparece un aporte personal extraordinario del 3% para los trabajadores públicos en actividad cuya remuneración bruta mensual sea igual o superior a 3 millones de pesos.
Quienes perciban ingresos inferiores a ese monto quedan fuera del aporte adicional. También aumentan en tres puntos porcentuales las contribuciones patronales que realizan organismos estatales y gobiernos locales. Para aquellos sectores y municipios que no generen déficit previsional, el incremento será del 1,5% mientras conserven esa condición.
EDAD JUBILATORIA: LOS CAMBIOS SERÁN GRADUALES
La reforma establece como objetivo final una edad de jubilación ordinaria de 65 años para los hombres y 60 para las mujeres, junto con un mínimo de 35 años de aportes.
Sin embargo, el cambio no será inmediato.
Las condiciones actuales permanecerán sin modificaciones hasta 2030 inclusive y desde el 1º de enero de 2031 comenzará una transición gradual que se extenderá hasta 2039.
La edad requerida aumentará seis meses por año, mientras que los años de servicios exigidos se incrementarán progresivamente hasta alcanzar el nuevo régimen.
CAMBIA LA FORMA DE CALCULAR LA JUBILACIÓN
Otro punto de fuerte impacto está relacionado con la determinación del haber inicial.
Para la jubilación ordinaria se establece el 82% del promedio actualizado de las últimas 180 remuneraciones mensuales sujetas a aportes, es decir, los últimos 15 años de actividad considerados por la norma.
Para las jubilaciones por invalidez y edad avanzada, el porcentaje inicial será del 70% sobre ese promedio.
REGÍMENES ESPECIALES
La ley incorpora además aportes solidarios para beneficiarios de determinados regímenes especiales, entre ellos docentes, trabajadores de salud mental, radiólogos y personal penitenciario.
El descuento comenzará en el 19% y disminuirá progresivamente al 17%, 12% y 6% conforme el beneficiario se aproxime a la edad correspondiente al régimen común.
Quedarán exceptuados quienes acrediten 30 años de aportes directos al régimen especial dentro de Entre Ríos.
NUEVAS CONDICIONES PARA LAS PENSIONES
También se modifican aspectos relacionados con las pensiones por fallecimiento.
El beneficio será equivalente al 70% de la prestación correspondiente al causante y, en determinadas situaciones, su duración quedará vinculada al tiempo que haya durado el matrimonio o la unión convivencial.
La pensión tendrá carácter vitalicio en los supuestos contemplados por la legislación, entre ellos cuando el beneficiario supere los 55 años y reúna determinadas condiciones económicas. Asimismo, se prevé la extinción del beneficio ante un nuevo matrimonio o convivencia.
LOS MUNICIPIOS DEBERÁN RESPONDER POR SU DÉFICIT
La reforma introduce también una modificación importante para municipios y comunas.
Cada jurisdicción adherida deberá afrontar la proporción del déficit previsional originada por sus propios beneficiarios.
Cuando existan deudas por aportes o intereses, la Provincia podrá efectuar descuentos sobre fondos de coparticipación u otros recursos correspondientes al gobierno local deudor.
JUBILACIÓN O SUELDO DEL ESTADO
Finalmente, se establece una incompatibilidad para los jubilados provinciales que vuelvan a desempeñarse bajo relación de dependencia en organismos públicos nacionales, provinciales o municipales.
En esos casos deberán optar entre continuar percibiendo el haber jubilatorio o cobrar el salario correspondiente al nuevo cargo público.
La promulgación pone en marcha una de las reformas más trascendentes y discutidas de los últimos años en Entre Ríos. El Gobierno sostiene que las modificaciones son necesarias para recuperar el equilibrio financiero y garantizar la sustentabilidad futura de la Caja.
Los sectores gremiales, en cambio, vienen advirtiendo que el costo del déficit no debe recaer sobre trabajadores y jubilados.
La discusión legislativa terminó. Ahora comenzará la etapa que permitirá medir el verdadero alcance económico, social y también judicial de la reforma.

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