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    El Senado dio media sanción al proyecto que establece el régimen de Gestión Ambiental de Actividades Económicas

    El proyecto de Ley del Poder Ejecutivo consta de 11 capítulos y 42 artículos. Obtuvo media sanción de la cámara de origen el 16 de diciembre. Pasó al Senado donde el 23 de diciembre salió también con media sanción. Establece “un nuevo marco normativo, claro y unificado, en consonancia con las necesidades de los tiempos que corren y que promueva la simplificación y desburocratización de los trámites que se deben realizar ante la autoridad ambiental provincial”.

    27 de diciembre de 2025 - 10:00
    El Senado dio media sanción al proyecto que establece el régimen de Gestión Ambiental de Actividades Económicas
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    El martes 23 la Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de ley del Poder Ejecutivo que “crea un régimen jurídico de gestión ambiental para las actividades económicas en la provincia”. El martes 16 de diciembre la Cámara de origen –adonde ingresó el 20 de octubre- le dio media sanción y pasó al Senado.
    La ley que salió del Senado “tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la gestión ambiental de actividades económicas desarrolladas en el territorio provincial, garantizando; 1) Los principios rectores para preservar, conservar, mejorar y recuperar el ambiente, los bienes naturales y la calidad de vida de la población, de forma armónica con la política provincial de desarrollo integral y sostenible; 2) Asegurando el derecho irrenunciable de toda persona a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para la vida y la dignidad humana”.

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    También establece “el marco jurídico y administrativo al que deberá ajustarse el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se realice en todo el territorio provincial, bajo parámetros de simplificación, modernización, uniformidad administrativa y eficacia procesal; y; 4) Garantizando canales efectivos de participación ciudadana en procesos de toma de decisión ambiental”.
    El proyecto aprobado comprende un procedimiento sancionatorio “aplicable a las infracciones en materia ambiental, incluyendo sus etapas, plazos, garantías procesales, tipos de sanciones y órganos competentes para su sustanciación y resolución, será establecido mediante la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo a través de decreto”.
    También que “la autoridad de aplicación podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando resulte necesario para el desarrollo de los procedimientos sancionatorios, la inspección o fiscalización ambiental, o la ejecución de las sanciones impuestas”.

    Además crea “el Fondo de Control y Fiscalización Ambiental el cual estará destinado a financiar la implementación de las acciones previstas en la presente ley y demás tareas complementarias. El fondo estará integrado por: 1) Los recursos que el Poder Ejecutivo asigne con específico destino en la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial; 2) Los montos que ingresen como consecuencia del pago de las multas que se impongan por el incumplimiento de las normas establecidas por la presente ley y su reglamentación complementaria; 3) Los aportes que el Gobierno Nacional u organismos internacionales efectúen en forma de fondos, insumos o bienes de capital; y 4) Los ingresos por legados y donaciones”.

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    Fundamentos
    En los fundamentos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la Ley “pone en el centro de la gestión ambiental de las actividades económicas y productivas la noción de ‘democracia ambiental’, entendida como el derecho de los ciudadanos a involucrarse en la toma de decisiones que afecten a su entorno, sobre todo cuando se trata de proyectos de alto impacto”.
    Tras reconocer que “la creciente degradación ambiental demuestra la necesidad de adoptar políticas que protejan los bienes naturales sin descuidar el crecimiento productivo y que hagan posible un desarrollo sostenible”, se entendió que “las políticas económicas deben orientarse a un desarrollo armónico que no agote los recursos naturales ni dañe sistemáticamente los entornos naturales, sino que respete los límites ecológicos y permita la renovación de los ecosistemas”. Así, se sostuvo que “esta Ley reconoce la importancia de que las decisiones económicas no solo miren el beneficio inmediato, sino que aseguren un futuro viable para las generaciones venideras”.
    En el mensaje a la Cámara de Diputados se remarcó que “es fundamental destacar que este proyecto de Ley es fruto de un arduo trabajo, que demandó muchos meses, y fue llevado a cabo y en conjunto por el personal técnico/profesional de la Secretaría de Ambiente, en articulación con el personal y funcionarios de las distintas dependencias que forman parte del Ministerio de Desarrollo Económico y sus respectivos equipos de trabajo. Se considera prioritario y fundamental avanzar en una armonización y actualización del sistema vigente”.

    Certificado Único Ambiental
    En proyecto se destacó también “la creación del Certificado Único Ambiental (CUA) que facilitará el proceso administrativo, reemplazando múltiples certificados existentes, buscando mejorar la gestión ambiental de las actividades productivas y de servicios, promoviendo la innovación y el uso responsable de los recursos, a la par de que se sostiene un compromiso institucional con la participación pública”.
    En aquella línea se entendió que “la inclusión de la ciudadanía en los procesos de evaluación de proyectos garantiza un control social sobre el impacto ambiental de las actividades económicas. La incorporación de tecnologías digitales y de la información en la gestión pública busca no solo agilizar trámites, sino también transparentar y mejorar la eficiencia administrativa”.

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    También se indicó que “este principio responde a un contexto de digitalización global que demanda que las instituciones públicas se adapten a nuevas tecnologías para ofrecer un mejor servicio al ciudadano, aumentando la accesibilidad y reduciendo la burocracia.- Se busca un equilibrio entre el desarrollo económico y la protección del ambiente, destacando la prevención de impactos negativos a través de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”.

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