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    Indignación en San Salvador: Una perra murió atada al sol y sin agua

    Una persona tenía una perra con sus cachorros y a otro can atados al sol, sin agua y sin comida. La madre de las crías murió en esas condiciones. Gracias al accionar de los vecinos, los otros animales se salvaron.

    05 de febrero de 2020 - 09:16
    Indignación en San Salvador: Una  perra murió atada al sol y sin agua
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    Vecinos de San Salvador expresaron su indignación porque una perra murió atada al sol y sin agua, mientras que los cachorritos se encontraban en la misma condición. Este brutal hecho ocurrió en un terreno ubicado en Avenida Los Criollos, en barrio San Miguel.

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    Según indicaron una persona tenía una perra con sus cachorros y a otro can atados al sol, sin agua y sin comida. La madre de las crías murió en esas condiciones. Gracias al accionar de los vecinos, los otros animales se salvaron.

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    Este lunes se radicaron dos denuncias en Jefatura de Policía contra el propietario de los animales, por maltrato animal como lo establece la Ley 14346.

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    «Encontramos en un terreno ubicado en el barrio San Miguel, una perra muerta atada en el rayo del sol, sin agua, sin comida, junto a sus cachorritos llorando, y un perro adulto Pastor Alemán en pésimas condiciones. Ya están a salvo, serán tratados por un médico/a veterinario», indicaron los vecinos, según publica el sitio Noticias y Hechos.

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    Ley de Maltrato animal N° 14346

    ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

    ARTÍCULO 2. Serán considerados actos de mal trato:

    1-No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

    2-Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

    3-Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

    4-Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

    5-Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

    6-Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

    ARTÍCULO 3. Serán considerados actos de crueldad:

    1-Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.

    2-Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

    3-Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.

    4-Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.

    5-Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.

    6-Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.

    7-Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad.

    8-Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.


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