Sergio Urribarri: la Fiscalía rechazó las objeciones de Cullen y defendió la pericia contable
Los fiscales sostuvieron que las cifras atribuidas al exgobernador coinciden con el informe contable y solicitaron rechazar los planteos defensivos.
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El Dr. Miguel Ángel Cullen había cuestionado los cálculos, la imputación de gastos familiares y la validez constitucional del delito investigado. El juez Mariano Budasoff deberá resolver.
La causa por presunto enriquecimiento ilícito contra Sergio Urribarri quedó pendiente de una definición judicial después de una nueva confrontación entre la Fiscalía y su defensor, Miguel Ángel Cullen. Los representantes del Ministerio Público Fiscal ratificaron el pedido de remisión a juicio y rechazaron las objeciones sobre los montos de la acusación y el informe contable que la sustenta.
Según la detallada cobertura de Análisis, una fuente de referencia cuyo seguimiento implacable mantiene el caso bajo escrutinio público, los fiscales Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano respondieron a los cuestionamientos formulados por la defensa durante la audiencia anterior.
La decisión corresponde al juez de Garantías número 3, Mariano Budasoff, quien anticipó que comunicará con antelación cuándo dará a conocer su resolución. Por ahora, no está definida la elevación a juicio en esta instancia.
La discusión sobre las cifras
Uno de los principales desacuerdos gira alrededor de la correspondencia entre los montos imputados a Urribarri y las conclusiones del trabajo contable.
Cullen había sostenido que las cifras de la acusación no coincidían con el informe y reclamó una nueva pericia oficial. Ramírez Montrull respondió que esa interpretación surgía de una lectura parcial de los anexos.
Según explicó el fiscal, el defensor consideró la planilla sobre capacidad de ahorro, pero dejó fuera los gastos que la investigación identifica como no justificados, resumidos y actualizados en el Anexo J4. Afirmó que, al sumar ambos componentes, se obtienen los importes incluidos en la imputación.
“No hay ningún centavo de diferencia”, sostuvo Ramírez Montrull.
El representante del MPF también defendió la naturaleza pericial del informe. Señaló que fue elaborado con intervención de una contadora de la Fiscalía y un contador de parte, quienes alcanzaron conclusiones conjuntas. Consideró extemporáneos los cuestionamientos y sostuvo que el ofrecimiento de una nueva pericia debe discutirse en la instancia de admisión de prueba correspondiente.
Por qué se atribuyen gastos familiares al exgobernador
Otro punto del planteo de Cullen fue la incorporación de consumos de distintos integrantes de la familia al patrimonio cuestionado de Urribarri. El abogado pidió individualizar esas erogaciones y atribuir a su defendido únicamente las adquisiciones que le correspondieran.
Badano respondió que la hipótesis fiscal se apoya en la documentación sobre pagos y gestiones realizados por el empresario Diego Armando Cardona Herreros y su firma Relevamientos Catastrales SA, contratista del Estado provincial y también investigados en el expediente.
De acuerdo con la exposición del fiscal recogida por Análisis, distintas facturas de viajes aparecían a nombre del empresario o de la compañía. También mencionó planillas internas con las iniciales “SDU”, en las que, según la acusación, se registraban gastos atribuidos al exmandatario.
Badano sostuvo que esos elementos permiten vincular las erogaciones con Urribarri, aunque los beneficiarios de algunos viajes fueran familiares. Esa interpretación es discutida por la defensa y deberá ser evaluada judicialmente.
La Fiscalía también hizo referencia a remodelaciones y compras para el departamento de calle Lafinur, en la Ciudad de Buenos Aires. Aunque reconoció que el inmueble fue adquirido a nombre de Bruno Urribarri en 2005, afirmó que era utilizado por el grupo familiar y que empleados de Relevamientos Catastrales intervenían en las gestiones y la facturación.
La defensa cuestionó el delito imputado
Cullen planteó, además, la inconstitucionalidad de la figura de enriquecimiento ilícito. Badano solicitó rechazar ese cuestionamiento y citó antecedentes judiciales provinciales y nacionales, entre ellos los casos de Domingo Daniel Rossi, Mario Yedro, María Julia Alsogaray y Raúl Taleb.
El fiscal sostuvo que existen decisiones que respaldan la validez del tipo penal y afirmó que Urribarri tuvo oportunidad de explicar la evolución de su patrimonio.
La controversia incluye el alcance de la obligación de justificar el incremento patrimonial y su relación con las garantías de defensa.
Qué debe resolver Budasoff
Los fiscales solicitaron que se rechacen la nulidad del requerimiento de elevación, las objeciones al informe contable y el cuestionamiento constitucional. También defendieron la precisión de los hechos, los períodos y los montos incluidos en la acusación.
Badano distinguió el fundamento necesario para llevar el caso a juicio de la certeza exigible para una condena.
Sostuvo que, para la Fiscalía, existen elementos suficientes para discutir la acusación en un debate oral, donde deberá evaluarse la prueba.
La situación de Urribarri queda así sujeta a la decisión de Budasoff. El juez deberá resolver los planteos pendientes y determinar cómo continúa el procedimiento.
Hasta entonces, persiste una disputa central: la defensa cuestiona la construcción contable y jurídica de la acusación, mientras que los fiscales aseguran que sus cifras y fundamentos permiten avanzar hacia el juicio.

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