La Justicia reconoció la propiedad de una familia, pero rechazó desalojar a una comunidad mapuche
La Justicia de Villa La Angostura, en la provincia de Neuquén, dictó una resolución que pone un nuevo capítulo a una disputa territorial que lleva casi dos décadas. El juez en lo Civil y Comercial Francisco Astoul Bonorino reconoció el derecho de propiedad registral de los herederos de Natalio Burd sobre un inmueble, pero rechazó ordenar el desalojo de la comunidad mapuche Paichil Antriao que actualmente ocupa el lugar.
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El fallo surgió a partir de una acción reivindicatoria iniciada por los herederos de Burd, quienes reclamaban la restitución de las tierras. El magistrado consideró acreditado mediante la documentación correspondiente que la familia posee la titularidad registral del inmueble. Sin embargo, entendió que esa circunstancia no era suficiente para disponer la restitución del terreno en las condiciones actuales.
Una ocupación que lleva décadas
De acuerdo con la resolución, la posesión efectiva del inmueble se encuentra actualmente en manos de integrantes de la comunidad mapuche Paichil Antriao, que permanece en el lugar desde hace décadas. Según información publicada en medios locales, en el sector viven actualmente entre 50 y 60 familias.
El juez tuvo en cuenta, además, la situación territorial de la comunidad y el marco jurídico que protege los derechos de los pueblos indígenas. El análisis incluyó normas constitucionales, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y antecedentes de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La decisión establece así una diferencia entre la titularidad registral de la tierra y la posesión efectiva del territorio. Si bien la Justicia reconoció que la familia Burd es propietaria registral, consideró que las circunstancias actuales impedían ordenar la restitución del inmueble mediante la acción presentada.
La postura de la comunidad
Desde la comunidad Paichil Antriao valoraron la resolución. Su werken, Lorenzo Loncon, sostuvo que el fallo respalda el reclamo histórico de la comunidad y volvió a cuestionar que el Estado no haya concluido el relevamiento territorial indígena.
Loncon afirmó que la comunidad cuenta con documentación histórica que, según su interpretación, respalda sus derechos sobre el territorio y mencionó particularmente un documento fechado en 1902.
El dirigente mapuche sostuvo además que el conflicto no puede analizarse únicamente desde la titularidad registral, sino que debe contemplar la ocupación tradicional y la historia territorial de la comunidad.
Un conflicto de larga duración
El expediente judicial se inició en 2007 y durante casi 20 años enfrentó a los herederos de Natalio Burd con la comunidad mapuche. La reciente sentencia resolvió uno de los puntos centrales de la disputa al rechazar la acción reivindicatoria y, por lo tanto, el pedido de restitución del inmueble.
El pronunciamiento se conoce además en un contexto de creciente conflictividad por tierras en Villa La Angostura. En agosto, la Corte Suprema había dejado firmes órdenes de desalojo contra la comunidad Lof Paichil Antriao en otros terrenos, pertenecientes al municipio y a particulares.
De esta manera, la Justicia neuquina volvió a marcar una distinción entre los distintos conflictos territoriales: en este caso, reconoció la propiedad registral de una familia particular, pero rechazó el desalojo de la comunidad que ejerce actualmente la posesión del lugar.

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