• Economia
  • Policiales
  • Deportes
El Heraldo
  • Judiciales

    La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti

    Por carecer de fundamentos jurídicos

    05 de junio de 2025 - 03:30
    La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti
    Ads

    Desestimó por unanimidad la recusación de CFK contra Lorenzetti por extemporánea y sin pruebas. Consideró que no había causal objetiva ni fundamentos legales. Consideró que no había causal objetiva ni fundamentos legales.

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó in limine por unanimidad la recusación presentada por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti, en el marco de la causa CFP 5048/2016 sobre incidente de recurso extraordinario. El máximo tribunal, con el voto de sus tres miembros -Carlos 
    Rosenkrantz, Horacio Rosatti y el propio Lorenzetti-, consideró que el planteo fue presentado fuera de los plazos procesales y carece de fundamentos jurídicos suficientes.

    La recusación había sido promovida el pasado 5 de mayo, invocando como causal una supuesta falta de imparcialidad del magistrado, basada en notas periodísticas, disidencias en fallos del tribunal, declaraciones televisivas del juez y una denuncia realizada en el Senado por la senadora Anabel Fernández Sagasti. Según los abogados defensores, el comportamiento de Lorenzetti vulneraría los principios de imparcialidad judicial establecidos en los Principios de Bangalore y en precedentes jurisprudenciales como el caso “Llerena”.

    Sin embargo, la Corte evaluó que la mayoría de los hechos alegados ya eran conocidos con anterioridad a la presentación del recurso extraordinario del 13 de febrero, y por tanto debieron haberse planteado en ese momento. En cuanto a las declaraciones posteriores —como una entrevista dada por Lorenzetti el 1° de mayo, donde afirmó que la Corte debía resolver con prontitud antes de las elecciones—, el tribunal concluyó que no constituían una causal objetiva ni comprobable de recusación.
    “El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, subrayó la Corte, que también remarcó que la defensa no ofreció pruebas para sostener las acusaciones ni invocó causal específica prevista por el Código Procesal Penal.

    Finalmente, el fallo enfatiza que las recusaciones contra miembros de la Corte deben interpretarse de forma restrictiva, ya que su aceptación podría afectar la garantía del juez natural y el normal funcionamiento del máximo tribunal del país.
     

    Temas
    • Cristina Kirchner

    Comentarios

    Para comentar, debés estar registrado

    Por favor, iniciá sesión

    INGRESA
    Ads
    Ads
    Ads
El Heraldo
SECCIONES
  • Agro
  • Carnaval
  • Ciencia
  • Cronograma
  • Cultura
  • Deportes
  • Ecología
  • Economía
  • Educación
  • Efemérides
  • Espectáculos
  • Gastronomía
  • Informativo Docente
  • Interés General
  • Opinión
  • Policiales
  • Política
  • Salud
  • Sociales
  • Tecnología
  • Turismo
  • Judiciales
2025 | El Heraldo| Todos los derechos reservados: www.elheraldo.com.arEl Heraldo S.R.L es una publicación diaria online · Director Periodístico: Roberto W. Caminos
Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
Powered by
artic logo