Situación del conviviente - concubino- en la herencia de la pareja fallecida
Este es un tema que traen frecuentemente al Estudio los clientes pensando que con la reforma de nuestro antiguo Código Civil se ha equiparado la posición jurídica y los efectos legales de la convivencia -lo que muchos todavía llaman concubinato- a la del matrimonio.
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Es así que en ésta línea de pensamiento errónea, ante el fallecimiento de la pareja llegan consultando por la sucesión, los bienes que adquirieron durante la convivencia y que estaban a nombre del conviviente fallecido, etc.
Ingrata es la sorpresa que nos toca darle, ya que, además de haber perdido a su pareja, debemos decirle que no tiene derecho de heredar los bienes que estaban a su nombre aunque los hubieran adquirido juntos. Esto es así porque la convivencia no otorga vocación hereditaria, es decir que no da derechos a heredar.
Pasando en limpio y para que quede claro, -repito- a diferencia del cónyuge unido en matrimonio, el conviviente no hereda. Sin embargo, la idea siempre es ofrecer por un lado asesoramiento y por el otro, soluciones legales.
Es así que si somos previsores y nos ocupamos del asunto con tiempo, podemos encontrar una puerta abierta para darle a esta historia un final feliz.
La llave para abrir esta puerta es nada más y nada menos que el “testamento”. Sí, una manera de darle derecho a la herencia al conviviente, es extender un testamento a su favor. Es cierto que a veces pensar en esto parece algo complejo y de las películas, pero en realidad no lo es, sino que por el contrario es algo sencillo que lo puede hacer un abogado entendido en el tema y de manera satisfactoria y sin mayores complicaciones, puede dar una solución al problema. A la hora de confeccionar este testamento, los convivientes deberán reunirse con el profesional para brindarle la información necesaria y que puedan establecer las condiciones y límites legales que podrían llegar a existir a fin de que llegado el momento, ese testamento sea plenamente válido y no pueda recibir ningún ataque legal que pueda prosperar. Desde ya que la correcta confección del testamento ¡Es asunto para otra columna legal!
Y vos, ¿Que opinas de esto? ¿Tenes dudas sobre como debe hacerse correctamente un testamento? Contanos en nuestras redes sociales, Instagram @estudio.juridico.centurion, TikTok @estudiojuridicocenturion
Esperamos que hayas aprendido un poco más sobre tus derechos ¡¡Hasta la próxima columna!!
Estudio Jurídico Martín Centurión & Asoc.
Dr. Martin Centurión - Titular del Estudio - Responsable del Area de derecho laboral y accidentes de trabajo.
Dr. Alejandro Tosto. Asuntos Civiles.-
