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    Nueva ordenanza facilita el pago de tasas e infracciones con beneficios en los intereses

    En la sesión ordinaria de este jueves del Concejo Deliberante, se aprobó un proyecto de ordenanza enviado por el Ejecutivo mediante el cual se establece la reducción parcial del monto de los intereses resarcitorios de la Tasa General Inmobiliaria, Tasa de Servicios Sanitarios y Juzgado de Faltas para aquellos contribuyentes deseen regularizar su deuda mediante pago contado o en un plan de hasta 3 cuotas.

    26 de septiembre de 2025 - 11:30
    Nueva ordenanza facilita el pago de tasas e infracciones con beneficios en los intereses
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    Esto responde a la posibilidad de brindar una herramienta de recupero de deudores a la Dirección General de Rentas y al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, dando la alternativa de acceder al beneficio a los vecinos que se encuentren bajo esta situación.

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    Podrán gozar de la aplicación de una reducción de hasta el 100% de los intereses resarcitorios los contribuyentes que procedan a regularizar sus obligaciones tributarias e infracciones del Juzgado de Faltas, mediante pago contado de la deuda.
    Quiénes procedan a regularizar sus obligaciones a través de un convenio de pago de hasta 3 cuotas, gozarán de una reducción de hasta el 50%.
    La mora en el pago de una cuota o del vencimiento del pago contado, producirá la caducidad del convenio y la pérdida de los beneficios de reducción de intereses que le hayan sido otorgados, perdiendo la posibilidad de volver a solicitar el beneficio.
    La vigencia de la medida es hasta el 31 de diciembre de 2025.

    Beneficio para contribuyentes cumplidores
    Se recuerda que aquellos contribuyentes que abonan las tasas en término en el primer vencimiento de cada mes cuentan con un descuento del 15% en Tasa General Inmobiliaria y 10% en Tasa de Servicios Sanitarios. Asimismo, los Contribuyentes de Tasa General Inmobiliaria que se encuentran al día participan del Sorteo del Contribuyente Cumplidor.
    La ordenanza entrará en vigencia una vez que esté promulgada.

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