Imputaron a Claudio “Chiqui” Tapia por presunta retención indebida de aportes jubilatorios de la AFA
La investigación penal apunta al presidente de la entidad madre del fútbol argentino y a su comisión directiva. Es por supuestas irregularidades en el pago de contribuciones a la seguridad social y analiza una deuda superior a los $19.000 millones.
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La Justicia imputó al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Fabián “Chiqui” Tapia, en una investigación penal que analiza la presunta retención indebida de aportes previsionales y contribuciones a la seguridad social vinculadas al funcionamiento de la entidad.
Según la denuncia, ARCA atribuye a la AFA una deuda superior a los 19.000 millones de pesos, correspondiente a los últimos dos años. La acusación sostiene que la entidad habría retenido tributos y aportes a la seguridad social correspondientes a empleados propios y de clubes del fútbol argentino, sin ingresarlos dentro del plazo legal previsto por el Régimen Penal Tributario.
En su dictamen, el fiscal atribuyó responsabilidad a Tapia por su rol institucional y por la administración de la clave fiscal de la asociación, y consideró que, dada la dimensión económica de la AFA y los montos investigados, la pesquisa debe extenderse también a otros integrantes de la comisión directiva, al entender que habrían intervenido en la gestión y disposición de los fondos bajo análisis.
La causa se inició a partir de una presentación de Vanina Vidal, jefa interina de la Sección Penal de la División Jurídica de la Dirección de Control de Grandes Contribuyentes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, quien además amplió los hechos atribuidos a la Asociación del Fútbol Argentino, con sede en Viamonte 1366 de la Ciudad de Buenos Aires. En la denuncia se consignó que la entidad habría retenido tributos y contribuciones de la Seguridad Social por $19.353.545.843,85 y no los habría ingresado una vez vencido el plazo legal de treinta días corridos, correspondientes a retenciones de IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones previsionales no depositadas entre marzo de 2024 y septiembre de este año.
En su planteo, ARCA encuadró los hechos denunciados bajo los artículos 4° y 7° de la Ley N° 27.430, que regula el Régimen Penal Tributario. En relación con la obtención fraudulenta de beneficios fiscales, el artículo 4° establece de manera textual: “Será reprimido con prisión de uno a seis años el que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, obtuviere un reconocimiento, certificación o autorización para gozar de una exención, desgravación, diferimiento, liberación, reducción, reintegro, recupero o devolución tributaria al fisco nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

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