EL ROBO DE LOS CABALLEROS DE LA NOCHE
Voy a contar esta antigua historia policial y judicial ocurrida en aquella Argentina que despuntaba para asombro del mundo, como un gran país.
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Esto ocurrió en 1881, cuando un noble de nacionalidad belga, forma en Buenos Aires una banda de malhechores con gente del hampa suburbana.
El 24 de agosto de 1881, embozados con capas, cinco sombras se concentran en el Cementerio de la Recoleta. No se conocen entre ellos y además llevan caretas, pero sí su objetivo. Se detienen frente a un suntuoso mausoleo. Uno de los encapuchados pega un puñetazo en el cristal de la puerta, introduce la mano y abre las dos hojas de reja y vidrio. Pocos segundos después, salen portando un ataúd. Posan en el suelo la fúnebre carga y cierran cuidadosamente las puertas del panteón. Caminan cierta distancia, doblan por una fila de panteones, se introducen en otra bóveda cuyas puertas han sido violentadas. Dejan allí el féretro y se retiran cuidando de no dejar huellas ni nada que pueda llamar la atención. Realizada su delictiva tarea se dispersan.
Tiempo después, la señora Felisa Dorrego de Miró recibe una carta extensa, con buena redacción y en la parte superior, ostenta un sello azul con el dibujo de una lechuza y una frase en latín. En la carta le hacen saber que el féretro se encuentra en poder de ellos y fuera del Campo Santo con los restos de doña Inés de Dorrego. Saben que al morir esta señora dejó a sus hijos una fortuna colosal. Ellos no desean ultrajar los restos ni esparcir sus cenizas y que cinco millones de pesos es una suma accesible, pero se conforman con solo dos cuartas partes, es decir dos millones de pesos de moneda corriente, que son 80.000 patacones en el término de 24 horas deberán abonar la suma indicada. Mas adelante encontrarán las explicaciones de como deberán hacer la entrega. Siguieron luego las amenazas para el caso de su denuncia a la policía y el ultraje y reducción a cenizas arrojadas a los cuatro vientos. Al sacar los restos hemos tratado de no dejar rastros en caso de que la policía obre por su cuenta. Firmado: Los C de la N.
Junto a la carta venía un cofre de madera y un pliego en el que explicaban que colocaran en el cofre los dos millones, envolviendo los billetes en papel lacrado y cubriéndolo todo con paja para evitar la codicia del mozo de cordel encargado de recoger el cofre de madera que según aseguraba, ignoraba lo que iba a recibir. Sería portador de una carta con el sello de la lechuza, indicando que no le dirigieran la palabra porque nada sabía, ni nada podía decirles. Si bien las mujeres de la familia Dorrego, en el primer momento se inclinaron a pagar, pero triunfó la opinión masculina de dar parte a la policía, cosa que hicieron. Se encargaron de la pesquisa los comisarios Suffern y Tasso de la policía de investigaciones. Suffern era un antiguo policía: conocía mucho el terreno. Sabía identificar sospechosos. Tenía recursos y era un hombre de gran valor personal. Tasso no era menos fuerte, era un hombre sereno y también conocedor del ambiente criminal.
Estaban dispuestos a tener éxito, sobre todo teniendo en cuenta que el cadáver robado era de la sobrina del coronel Manuel Dorrego, nada menos. Era esa una familia que vivió rodeada de respeto y consideración, aun por gente vinculada al unitarismo.
LA ACTUACI�N DE LA POLICÍA
Los comisario Suffern y Tasso disfrazados, esperaron cerca del Palacio Dorrego Miró, donde hoy es Plaza Lavalle, al mozo de cordel que debía retirar el cofre. Este resultó ser José Bossi, un pobre diablo ignorante del atentado que apareció con la carta de reconocimiento marcada con el sello de la lechuza. A indicación de la policía, los Dorrego habían colocado papeles de diario y estraza en el cofre, cerrándolo cuidadosamente en la forma indicada por los secuestradores lo entregaron al mozo que descuidado e ignorante del delito lo llevaba sin saber que era seguido el cofre lleno de papeles. Otro hombre, Antonio Perry, le aguardaba en la estación Central del ferrocarril. Se alejó Bossi, luego de entregarle el cofre. Y Perry se embarcó inmediatamente en un coche del tren al Norte. Entonces los pesquisantes se dieron a conocer al nuevo portador del cofre, quien les confesó que debía arrojarlo en la playa del arroyo Maldonado, lugar indicado para recibirlo por un individuo. El comisario Suffern ordena a Perry que cumpla y arroje el cofre mientras el tren sigue su marcha. La recogió una persona que esperaba en el sitio echando a correr. Los policías saltaron, arrojándose del tren en marcha y corrieron tras el individuo sin poder alcanzarlo. El hombre entregó el cajoncito a otro individuo que lo esperaba en un carruaje y el vehículo emprendió a toda marcha el camino al pueblo de Belgrano (hoy barrio del mismo nombre). Más tarde se estableció que el cochero se llamaba Carlos Arrigli y que había sido contratado por un tal Morate en la Plaza de Mayo, reconociendo que fue Alfonso Kerchowen de Peñaranda quien a la altura del Hipódromo se unió a él y le dio orden de llevarlo a Belgrano. Rápidamente los comisarios Suffern y Tasso tomaron otro coche de alquiler. El cochero que conducía a los secuestradores, advertido de que llevaba personas perseguidas por la policía, sofrenó el coche y los secuestradores fueron detenidos con el cofre en su poder.
En el allanamiento realizado por la policía se encontraron los sellos y caretas de alambre. De acuerdo a lo establecido por la policía, fueron puestos en libertad los changadores José Bossi que recibió el cofre en casa de los Dorrego y Antonio Perry que lo arrojó del tren, por haberse comprobado su inocencia. Los restantes ocho miembros de los �SC de la N⬝ o Los Caballeros de la Noche fueron extensamente interrogados, especialmente el de rasgos y aspecto más distinguido. -¿Cómo se llama? �Alfonso Kerchowen de Peñaranda. -¿Dónde nació y quiénes son sus padres? �Nací en Bruselas, capital de Belgica, en el castillo del Vizconde de Kerchowen, mi padre. -¿Cuándo llegó a Buenos Aires? �Hace tres años. ¿Cuál es su profesión? �Soy pintor y he venido a América a fin de encontrar trabajo más productivo que allá. Tengo proyectos industriales -¿Casado o soltero? -Casado y mi esposa e hijo desamparados a causa de esta prisión injusta de la que soy objeto- No puede explicar su presencia en el sitio ni tampoco su huida. Además los otros presos confesaron ampliamente.
LA ACUSACI�N
Terminadas las actuaciones sumariales de la policía judicial, comienza el turno del Ministerio Público Fiscal. Luego de una extensa acusación señalando que se trataba de un delito desconocido en el foro argentino, calificó la asociación criminal �SLos Caballeros de la Noche⬝ como violadores de sepulcros. También la violación de un establecimiento público, como el Cementerio, cometido de noche y en pandilla. Hay violación de sepulcro, propiedad exclusiva de los que sobreviven, hay profanación del cadáver, por el hecho de ser removido el féretro del lugar sagrado. Tenga presente VS que se disfrazaron para no ser reconocidos entre ellos, armados todos ellos con revólver como toda asociación de criminales. �SLa violación de los sepulcros es un delito previsto y penado por todas las legislaciones antiguas y modernas. Las leyes romanas castigaban la violación de sepulcros con el útimo suplicio o deportación. Lo castiga también el Código Francés, el Español y el Napolitano. El delito está calificado terminantemente por las leyes españolas y de citas la Ley XII, Título IX, Partida 7⬝ Como se ve, la ley castiga con la pena de muerte o con presidio perpetuo el crimen de violación de sepulcros.
En base a estas prescripciones acuso a Vicente Morate y Alfonso K. de Peñaranda como autores principales de los hechos mencionados y de conformidad a la ley XII de la partida 7 que he citado se sirva condenar a los citados individuos a presidio por tiempo indeterminado con arreglo al artículo 101 del Código Penal. Al resto de los participantes en el acto delictivo, a la pena de 15 años de presidio y demás penas consiguientes.
ACT�aA LA DEFENSA
Esta estuvo a cargo del doctor Rafael Calzada, un joven abogado del Foro Español que había sido incorporado al Colegio de Abogados de Buenos Aires. Venido a la Argentina en busca de más amplios horizontes, su ambición de reconocimiento y nombradía se le había ofrecido asumir la defensa de los célebres Caballeros de la Noche. La brillante pieza jurídica del joven letrado destruyó todos los argumentos de la acusación fiscal, desde la acusación de sociedad criminal, hasta la peligrosidad de los integrantes de Los Caballeros de la Noche desde la existencia del delito de profanación de sepultura, hasta la inaplicabilidad del Código Español con respecto al robo del cadáver, a lo sumo aceptó que existiría en realidad una verdadera simulación de hurto. Lo que se hizo por consiguiente fue simular un hurto, ni siquiera un robo porque no fue necesario ejercer violencia sobre las cosas ni las personas. Si el cadáver llevase sobre sí vestidos de valor u objetos preciosos y se hubiese violentado el ataúd para apoderarse de ellos, el robo estaría manifiesto y sus autores no podrían eludir la acción de la ley: pero del sumario resulta que Peñaranda y sus compañeros estuvieron muy lejos de semejante propósito. Por lo tanto la ley que castiga el delito, no la apariencia de delito se impusiera para estos hombres, se cometería la más grande de las iniquidades. Ustedes dirán: ¿Y el respeto que merecen los muertos? Semejante atentado que repugna a la conciencia de todos los hombres ¿debe quedar impune?
Si la ley no lo castiga, si
Nuestro Código fundamental lo dice: �SNingún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso⬝.
¿Dónde está escrita esa ley? Ya lo he dicho, en ninguna parte.
Si la impunidad de un hecho de esa naturaleza escandaliza a la sociedad, no importa: la ley, como decía al principio, debe estar por encima de todas las alarmas y todos los escándalos. �SSúbdito de la Ley, para valerme de la frase de Pacheco, no hace otra cosa que cumplir con el sagrado deber de aplicarlas⬝
La defensa del Dr. Rafael Calzada apuntaba pues, exactamente al punto débil de la acusación: la inexistencia de una ley incriminatoria del delito imputado.
EL FALLO
�SEl Art 265 determina, en efecto, que el que amenazase por escrito con un mal que constituye delito, será castigado con una prisión de más de tres años, si la amenaza se hiciese con el objeto de que deposite una suma de dinero o se practique cualquier otro acto, declarando el siguiente, 296, que si el mal con el que se amenaza no constituye delito, la pena será de solo un mes de arresto. Pero la carta enviada a la señora Felisa Dorrego de Miró en nombre de los Caballeros de la Noche intimándole la entrega de dos millones de pesos de moneda corriente, solo contenía la amenaza vaga de incurrir en la venganza de la asociación, y en particular la de profanar las cenizas del cadáver sustraído, que, como hemos visto, no constituye un delito clasificado en el Código. La causa fue sobreseída dándose por compensada la pena en que habían incurrido los detenidos, con los dos años de prisión que hasta entonces habían sobrellevado, superando ampliamente la pena impuesta.
