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    Calendario fiscal: vence la tercera cuota del Inmobiliario Urbano

    La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recuerda a los contribuyentes los próximos vencimientos de tributos provinciales que operan en la segunda quincena de agosto.

    18 de agosto de 2025 - 10:00
    Calendario fiscal: vence la tercera cuota del Inmobiliario Urbano
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     Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones, se recomienda consultar el calendario impositivo actualizado en el sitio web oficial: www.ater.gob.ar

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    Agenda de vencimientos:
    Impuesto Inmobiliario Urbano (Cuota 3°):
    Último dígito verificador 0-4:  lunes 18 de agosto.
    Último dígito verificador 5-9: martes 19 de agosto.
    Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

    Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo): El vencimiento del período agosto es el miércoles 20 de agosto para todas las categorías y terminaciones de CUIT.

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    Régimen General (período julio): Los vencimientos son escalonados según la terminación del CUIT:
    Terminación 0-1: 18 de agosto.
    Terminación 2-3: 19 de agosto.
    Terminación 4-5: 20 de agosto.
    Terminación 6-7: 21 de agosto.
    Terminación 8-9: 22 de agosto.

    Régimen Convenio Multilateral (período julio): Los vencimientos son escalonados según la terminación del CUIT:
    Terminación 0-2: 18 de agosto.
    Terminación 3-5: 19 de agosto.
    Terminación 6-7: 20 de agosto.
    Terminación 8-9: 21 de agosto.

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    Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales: para el período de julio, según la terminación del CUIT:
    Terminación 0-1: 18 de agosto.
    Terminación 2-3: 19 de agosto.
    Terminación 4-5: 20 de agosto.
    Terminación 6-7: 21 de agosto.
    Terminación 8-9: 22 de agosto.

    Derecho de Extracción de Minerales y Ley 10.158 (período julio): El vencimiento es el miércoles 20 de agosto para todas las terminaciones de CUIT.
    Agentes de Retención SIRTAC (período agosto, primera quincena): La presentación es el 25 de agosto y el pago el 26 de agosto.

    Menos papel, más digital, más fácil
    ATER recuerda que, a partir de agosto, ya no se imprimen ni distribuyen las boletas en formato papel. La emisión es exclusivamente digital, en el marco del proceso de modernización y digitalización que lleva adelante el Gobierno de Entre Ríos. Esta medida agiliza los procesos, minimiza errores y contribuye a la sustentabilidad ambiental.
    Por este motivo, se reitera a los contribuyentes la importancia de adherir a la Boleta Digital, un trámite muy simple que puede realizarse en la web institucional:
    https://www.ater.gob.ar/ater2/adhesionCorreo/AdhesionMail0.asp
    Una vez completados los pasos correspondientes, las boletas llegan directamente al correo electrónico del contribuyente, lo que constituye la forma más fácil y práctica de estar al día con los vencimientos.
    Además, las boletas digitales pueden descargarse directamente (o imprimirse) desde la web de ATER: www.ater.gob.ar 

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    ¿Qué medios de pago pone ATER a disposición de los contribuyentes? 
    Actualmente ATER ofrece una amplia variedad de opciones de pago, tanto digital como presencial:
    Pago presencial sin boleta: En sucursales de Entre Ríos Servicios o Plus Pagos Servicios presentando únicamente el DNI, número de partida, dominio o CUIT. Esta opción permite abonar mediante tarjeta de débito, QR de billeteras virtuales, o efectivo.
    Pago online: A través de Home Banking (Red Link y Banelco) o en PlusPagos.com y/o su app. 
    En la web oficial de ATER, a través del Botón de Pago: www.ater.gob.ar 
    Débito automático: Adhiriendo el impuesto a una cuenta bancaria.
    Cajeros automáticos: A través de todos los cajeros automáticos habilitados.

    Asistencia personalizada
    Para cualquier consulta, ATER ofrece los siguientes canales de atención:
    Teléfono: 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13 h).
    Correo electrónico: mailto:[email protected]
    Sitio web: www.ater.gob.ar
    Atención presencial: En las oficinas y receptorías de ATER en toda la provincia.
     

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