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    Aumento no remunerativo de $5000 a partir de mayo

    El ministerio de Trabajo, Empleo y seguridad Social informó que las trabajadoras y los trabajadores que ingresen al Programa Intercosecha (Interzafra) percibirán, a mes vencido, una ayuda económica no remunerativa mensual de $5.000.

    05 de mayo de 2020 - 08:11
    Aumento no remunerativo de $5000 a  partir de mayo
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    �SAnte la resolución emitida, el 29 de mayo de 2020 por el Gobierno Nacional, el Delegado Regional Dr. Guillermo Satalía Méndez y la Directora de Empleo Municipal Griselda Jachuk estamos haciendo en conjunto las gestiones referentes a la articulación y forma de inscripción del programa aquí en Concordia⬝, indicó a este medio Emiliano Delgado Coord. General de la Secretaría de Trabajo de Entre Ríos (Delg. Cdia).

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    En ese orden nos informó que �Spor la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858 del 25 agosto de 2014, se creó el PROGRAMA INTERCOSECHA que tiene por objeto asistir en todo el territorio nacional a las trabajadoras y los trabajadores temporarios del sector agrario y agroindustrial que se encuentren inactivos durante el periodo entre cosechas del o de los cultivos en los que se ocupan, promoviendo la mejora de sus condiciones de empleabilidad y de inserción laboral.

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    Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726 del 26 de junio de 2015 y modificatorias, se reglamentó el PROGRAMA INTERCOSECHA.

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    Que el PROGRAMA INTERCOSECHA prevé, entre sus prestaciones, la asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual a las trabajadoras y los trabajadores destinatarios durante el receso estacional de su actividad laboral.

    Que resulta pertinente actualizar el monto correspondiente a la ayuda económica otorgada por el PROGRAMA INTERCOSECHA.

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    Que a tal efecto, deviene necesario modificar el artículo 10 de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726/2015, fijando en PESOS CINCO MIL ($5.000) el valor de la ayuda económica mensual prevista por el PROGRAMA INTERCOSECHA, para su aplicación a acciones que inicien a partir del mes de mayo de 2020.

    Que la DIRECCI�N GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y por el artículo 11 de la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014.

    Por ello, EL SECRETARIO DE EMPLEO resuelve:

    ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 10 de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726 del 26 de junio de 2015 y modificatorias, por el siguiente:

    �SARTÍCULO 10.- Las trabajadoras y los trabajadores que ingresen al PROGRAMA INTERCOSECHA percibirán, a mes vencido, una ayuda económica no remunerativa mensual de PESOS CINCO MIL ($5.000).⬝

    ARTÍCULO 2.- La modificación dispuesta en la presente Resolución se aplicará a acciones nuevas que inicien en el marco del PROGRAMA INTERCOSECHA desde el mes mayo de 2020, inclusive, en adelante.

    ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leonardo Julio Di Pietro Paolo


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