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    �altimos días para suscribir al Régimen de Regularizaciones 2021

    Hasta el jueves 30 de septiembre hay tiempo de suscribir vía web o de sacar turno de atención presencial.

    28 de septiembre de 2021 - 08:37
    �altimos días para suscribir  al Régimen de  Regularizaciones 2021
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    Confirman que no habrá nueva extensión de plazos

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    El director Ejecutivo de ATER, Germán Grané, destacó nuevamente la voluntad de cumplimiento de los entrerrianos que al cabo de la prórroga establecida a fines de julio, supera las 100.000 suscripciones.


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    �SLo recaudado permite continuar sosteniendo el conjunto de obras de infraestructura, los programas de reactivación económica y asistencia a los sectores afectados por la pandemia, los programas de asistencia sanitaria permanentes, las becas a estudiantes, entre otros, y de igual manera, le permite al vecino acceder a los descuentos y beneficios de buen contribuyente⬝, sostuvo.

    El régimen de regularización fiscal 2021 establecido mediante el Decreto 472/21 M.E.H.F se encuentra en vigencia desde el pasado 3 de mayo y fue extendido hasta este jueves permitiendo la cancelación voluntaria de obligaciones de pequeños, medianos y grandes deudores, otorgando hasta 36 cuotas e importantes reducciones de multas e intereses para los grupos de contribuyentes más pequeños.

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    Hasta el 30 de septiembre se podrán sacar turnos

    Desde el área de Interior, confirmaron que si bien no se prevé una nueva extensión del programa, los contribuyentes que según su categorización opten por la gestión presencial tendrán tiempo de obtener el turno correspondiente hasta las 23:59 del mismo jueves 30 y luego concurrir en la fecha y hora convenida. En tanto quienes deseen suscribir vía web desde los servicios de ATER con clave fiscal lo podrán hacer durante el jueves 30 como última posibilidad.

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    Requisitos para suscribir

    Desde el área de impuestos, recordaron también que para acceder a los beneficios, los contribuyentes deben primero regularizar las obligaciones 2021 con vencimientos a partir del mes de febrero del corriente (incluyendo los deberes formales en lo referido a impuestos declarativos); y también, adherir al Domicilio Fiscal Electrónico de ATER.

    Finalmente, recordaron consultar detalles, beneficios, turnos de atención y videotutoriales para la autogestión del beneficio en la web del organismo (www.ater.gob.ar), o comunicándose con Servicio de Atención al Contribuyente al 0810-888-2837 (ATER) de lunes a viernes de 8 a 13 hs o via mail a [email protected].


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