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    102: Una herramienta para proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes

    Brinda un servicio telefónico gratuito y confidencial de escucha, contención y orientación para niños, niñas y adolescentes al que también se puede llamar ante situaciones de vulneración de sus derechos.

    20 de agosto de 2022 - 09:32
    102: Una herramienta para proteger  los derechos de niños, niñas y adolescentes
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    La participación y el derecho a ser oídos son los principios fundamentales de la Línea 102. Este servicio telefónico gratuito y confidencial brinda un espacio de escucha, contención y orientación para niños, niñas y adolescentes y también realiza intervenciones, de manera conjunta con otros organismos del Estado, ante situaciones de vulneración de sus derechos.

    En su atención, la línea cumple con estándares de calidad consensuados internacionalmente: cuenta con personal especializado y amplia accesibilidad, recopila datos para mejorar su prestación y concientizar sobre determinadas problemáticas y funciona como un dispositivo de acceso al Sistema de protección integral de derechos de la niñez.

    La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) acompaña a los organismos provinciales en su implementación, adecuación y fortalecimiento. Además capacita a los equipos de trabajo, brinda acompañamiento técnico y financiero, monitorea su funcionamiento, sistematiza la información de los llamados y facilita la articulación institucional.

    Los principios de la Línea 102, reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño y la Ley Nacional de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061), se basan en una mirada integral, universal e igualitaria:

    No discriminación: Prevalece la condición de persona por sobre cualquier otra condición.

    Interés superior: se debe brindar la máxima satisfacción integral y simultánea de los derechos y garantías actualmente reconocidos en las leyes. Cuando exista un conflicto entre los derechos de niños, niñas y adolescentes frente a otros derechos igualmente legítimos, prevalecerán los primeros.

    Autonomía progresiva: el derecho a ser oídos y que sus opiniones sean tenidas en cuenta de acuerdo a su madurez y desarrollo.

    Vida, supervivencia y desarrollo.

    Libertad de expresión y derecho a ser oídos.

    Las provincias donde funciona son: ciudad y provincia de Buenos Aires, Jujuy, Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero, Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes, Entre Ríos, San Juan, Neuquén, Mendoza y Córdoba.

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    • 102
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