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    Impuesto a las ganancias: Massa ratificó el alivio fiscal, para miles de trabajadores

    El ministro de Economía, Sergio Massa, confirmó que el nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría será de $ 506.230 brutos a partir de mayo, medida que beneficiará a 250.000 empleados y empleadas que trabajan bajo relación de dependencia.

    08 de mayo de 2023 - 00:34
    Impuesto a las ganancias: Massa ratificó  el alivio fiscal, para miles de trabajadores
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    �SA partir de mayo hemos decidido aumentar el piso por el cual se comienza a pagar el Impuesto a las Ganancias a 506.230 pesos, llevando alivio fiscal a más de 250.000 trabajadores que dejarán de pagarlo cada mes⬝, dijo el titular del Palacio de Hacienda en Twitter.

    Por el nuevo piso del impuesto a las Ganancias, no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $506.230, inclusive.

    Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

    El ministro destacó que �Sjunto con este nuevo incremento interanual del 125 % del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: Un beneficio para 600.000 empleados.

    �SEste nuevo alivio fiscal -completó Massa en su hilo de Twitter- es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente.

    �SEste nuevo alivio fiscal es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente⬝.

    La modificación propuesta permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las ganancias.

    A través de la medida, se beneficiarán aproximadamente 250.000 empleados en relación de dependencia.

    Estas disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto.

    Desde enero de 2023, no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062, inclusive.


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