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    Habilitan créditos a tasa subsidiada para que empresas puedan pagar sueldos

    Los préstamos, habilitados por la AFIP, estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija.

    12 de agosto de 2020 - 08:21
    Habilitan créditos a tasa subsidiada para que empresas puedan pagar sueldos
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    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el acceso para que las empresas puedan obtener créditos subsidiados destinados al pago de salarios de julio.

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    Los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija.

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    Para las compañías que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%, para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.

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    Más de 75 mil empresas están en condiciones de solicitar un crédito para el pago de los salarios, según informó el organismo.

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    Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción.

    El organismo anunció que oficializará la medida en la Resolución General 4792, que será publicada en el Boletín Oficial.

    El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento y la solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada.

    Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive y los créditos deben ser destinados a pagar los salarios.

                                                                                                                                                                          La AFIP informó que debido a este requisito el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.

    La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

    Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

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