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    El plazo de adhesión a la Moratoria 2020 se extendió hasta el 15 de diciembre

    La medida fue dada a conocer en el Boletín Oficial de la Nación mediante el decreto 966/2020 de este martes.

    02 de diciembre de 2020 - 07:51
    El plazo de adhesión a la Moratoria 2020 se extendió hasta el 15 de diciembre
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    El plan de facilidades de pago diseñado para amortiguar el impacto de la pandemia que vencía el 30 de noviembre se prorrogó dos semanas a través del Decreto 966/2020, publicado este martes en el Boletín Oficial de la Nación.

    La AFIP dictará la normativa complementaria necesaria para instrumentar lo dispuesto en el decreto Mediante la ley de ampliación de la moratoria el Gobierno se propuso amortiguar el daño, sostener los puestos de trabajo y encarar el proceso de recuperación después de la crisis a la que condujo el gobierno anterior y que profundizó la pandemia, según se informó este martes.

    Esta es la segunda extensión del plazo de adhesión, que tiene como objetivo garantizar que todos los contribuyentes puedan realizar los distintos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas.

    �SLa Moratoria 2020 forma parte de los distintos instrumentos diseñados por el Gobierno para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro⬝, se apuntó.

    �SLa irrupción de la pandemia del covid-19 se sumó a las dificultades económicas que arrastraba la economía y alteraron la situación de todo el entramado productivo.

    En ese escenario, el Congreso aprobó una ley que amplía el alcance de la moratoria establecida a fines de 2019 por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir aquellos contribuyentes -personas humanas y personas jurídicas- que originalmente no habían sido contemplados⬝, agrega el informe del Gobierno.

    La ampliación de la moratoria extendió el universo de contribuyentes beneficiados, pero también contempló la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del covid-19.

    Para eso, permite la inclusión de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.

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