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    Declaran la emergencia agropecuaria en Córdoba, Corrientes y Chaco

    Para poder acogerse a los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

    04 de noviembre de 2020 - 08:43
    Declaran la emergencia  agropecuaria en Córdoba,  Corrientes y Chaco
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    El Ministerio de Agricultura declaró la emergencia agropecuaria en las provincias de Córdoba, Corrientes y Chaco, a través de la resoluciones 223/2020, 224/2020 y 225/2020 publicadas en el Boletín Oficial.

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    En el caso de Córdoba, la emergencia rige desde el 1 de setiembre último y hasta el 31 de agosto de 2021 para las explotaciones agropecuarias afectadas por incendios en las zonas de San Carlos Minas, Norte Punilla, Villa Cura Brochero, Mina Clavero, Valle Paravachasca, Las Albahacas, Panaholma y San José de la Quintana.

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    Para Corrientes, el periodo declarado en emergencia será del 1 de setiembre último y hasta el mismo día de 2021 para las explotaciones ganaderas afectadas por sequía de los departamentos Bella Vista, Berón de Astrada, Capital, Empedrado, General Paz, Goya, Itatí, Lavalle, Mburucuyá, Saladas, San Cosme, San Luis del Palmar y San Roque.

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    Y en Chaco, la declaración va desde el 1 de octubre último y hasta el 1 de abril de 2021 para las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía en todo el territorio provincial.

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    Las tres resoluciones precisaron que a los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

    Por su parte, el Gobierno provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

    En tanto, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios gocen de los beneficios previstos.


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